miércoles, 4 de enero de 2012

LA DELINCUENCIA JUVENIL

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN............................................................................................................... 1

OBJETIVOS......................................................................................................................... 2

LA DELINCUENCIA JUVENIL....................................................................................... 3

CAUSA Y CONSECUENCIAS DE LA DELINCUENCIA EN JUVENIL.................... 3

FACTORES DE LA DELINCUENCIA JUVENIL........................................................... 3

FACTORES FAMILIARES................................................................................................ 4

FACTORES ESCOLARES................................................................................................. 5

FACTORES AMBIENTALES – RELACIONALES......................................................... 5

FACTORES SOCIOECONÓMICOS................................................................................. 6

ANÁLISIS DEL FENÓMENO “DELINCUENCIA”....................................................... 9

CONCLUSIÓN.................................................................................................................. 13

BIBLIOGRAFÍA............................................................................................................... 14


INTRODUCCIÓN

Al escoger el tema de la delincuencia juvenil, quiero llevar mis inquietudes como joven que soy, en este trabajo, pretendo presentar y afianzar mis conocimientos, logrando un aprendizaje eficiente, que contribuye a formar mejores ciudadanos para el país y el mundo.

La delincuencia se conoce como el fenómeno de delinquir o cometer actos fuera de los estatutos impuestos por la sociedad, pero es poco lo que sobre las verdaderas causas por las que un joven puede introducirse en este mundo.

Son diversas las causas que pasan los jóvenes, estas pueden ser; orgánicas, fisiológicas, patológicas, influencias externas. El medio en que se desarrollan los primeros años de su vida, la carencia de afecto y atención por parte de los padres o simplemente mala orientación influyen al desarrollo de la delincuencia.

Las actividades ilegales que desarrollan jóvenes, cuya conducta no discurre por unas causas sociales aceptadas, ni sigue las mismas pautas de integración que la mayoría, no surgen repetidamente, sino que forman parte de un proceso gradual de socialización desviada que poco a poco se va agravando. Este proceso se manifiesta más agudamente en la adolescencia, cuando el joven está más capacitado para realizar acciones por cuenta propia.


OBJETIVOS

General:

Analizar la delincuencia juvenil en República Dominicana.

Específicos:

· Analizar las causas de la delincuencia juvenil.

· Explicar el contenido de este tema escuchado por diferentes personas.

· Emplear los conocimientos adquiridos durante dicha investigación.

· Hacer un análisis del fenómeno “delincuencia”


LA DELINCUENCIA JUVENIL

Causa y consecuencias de la delincuencia en juvenil.

Según la investigación realizada de la delincuencia se encontró las siguientes causas:

- Inmadurez: Es lógico porque la edad, no hace eco de tener coco para desenvolverse de forma racional en la vida.

- Vacío de si mismo: No asumen su propia historia personal. Su pasado lo rechazan. El presente es vivir aquí y ahora, no aprenden de sus errores. No tienen muchas expectativas.

- Comportamiento contradictorio: Son chicos muy metidos en su vida, y no se paran analizarla. Tienen una sorprendente capacidad de adaptación.

- Inseguridad: Desconfianza con respecto a las demás personas que no encajen en su mismo tipo.

Factores de la delincuencia juvenil

Hay que tomar en cuenta los siguientes factores de la delincuencia juvenil ya que es una conducta humana que se da en unos medios sociales, de estos factores depende mucho la influencia de la delincuencia, los cuales son:

Factores familiares

Familia no completa: Este factor que parece de gran importancia, y que algunos autores han defendido como paso para prevenir la delincuencia (Reinhart, Ortega), ha dejado de ser importante por el simple hecho, de que una familia completa puede estar destruida en su interior y, por otro lado puede darse también el caso inverso de familias incompletas, que a pesar de ello, ofrecen buenas condiciones para un desarrollo sano. A pesar de esto, no se descarta la idea de que pueda ser un factor de riesgo, aunque no es el más importante dentro de la familia.

Familia que plantea problemas en la evolución afectiva de los hijos: Entre los jóvenes con problemas de delincuencia siempre existen abundantes sujetos con un grupo familiar gravemente alterado. Unos de los índices mas grande es la falta de afecto en la familia, el alcoholismo, abandono del padre o de la madre, drogas, la prostitución el abandono…

Familia con dificultades en los procesos de identificación: En muchas familias de la comunidad, cuando el joven llegar a la adolescencia su vida cambia, y si el padre o la madre no tiene un carácter apacible o es excesivamente inimitable pueden tener consecuencias nefastas, debido a que no quieren admitir el cambio del mismo.

Familia con fracasos educativos: La falta de unas bases educativas, no económicas sino educativas hace que el joven no sienta afición por la formación, aunque esto siempre ha sido tema de debate a nivel general, ya que la familia con nivel educativo bajo espera que sus hijos alcancen lo que ellos no pudieron conseguir.

Familia con problemas económicos: Este es un factor muy importante ya que muchas de la familia de esta comunidad, viven en condiciones que no son factibles para una buena alimentación y educación de sus hijos, algunos no consigue ni siquiera para darle un pan, por estas razones que es muy penosas lo jóvenes y padres eligen hacer atracos, vender drogas entre otras cosas que conspiran para la delincuencia.

Factores escolares.

Sólo decir que en el grupo nuclear de los delincuentes, sólo 1 de cada 5 no tuvo dificultades en la escuela.

Factores ambientales – relacionales.

Es necesario remarcar que cualquier conducta humana, pero más todavía la que analizamos, se inserta en medio de una estructura urbanística, en medio de un entramado social, en medio de una estructura o desestructura social.

No es por azar que la delincuencia sea crónica en unos barrios, crítica en otros y sólo esporádica en algunos y por lo tanto algún papel han de jugar las características del barrio, que en su conjunto, una gran parte de las problemáticas de delincuencia y de disociabilidad juvenil está estrechamente ligada a la historia del barrio en que se produce.

Por esta razón hay que insistir en que el análisis incluya no sólo el fenómeno actual del barrio sino los procesos desencadenantes que hubo detrás. Otro de los factores además del barrio, puede ser el grupo de amigos, los medios de comunicación etc.

Factores socioeconómicos.

Pobreza:

La mayoría de los desempleados viven en la pobreza. Esta se expresa en forma de viviendas inadecuadas e insalubres, falta de viviendas, estrés, hambre, falta de calificaciones, falta de oportunidades sociales y recreativas.

Lo triste de esto es que los jóvenes trabajadores desempleados suelen ser también hijos de familias con bajos ingresos. Estas situaciones crean estrés en todos los familiares. Esto lleva a buscarse la vida...

Salud:

El desempleo es una enfermedad política. Este y la consiguiente pérdida de autoestima surten efectos en la salud mental y física de los jóvenes trabajadores. Además, el tener mala salud impide también que los jóvenes trabajadores encuentren empleo.

La falta de ingresos provenientes de la situación de desempleo significa que los jóvenes trabajadores no pueden asumirse bien por sí mismos. Los jóvenes desempleados viven en la pobreza y cuando se enferman no tienen medios para costear un tratamiento.

El desempleo crea asimismo un sentimiento de falta de control sobre la vida, lo cual lleva a situaciones de estrés y depresión, lo cual en ocasiones lleva al círculo vicioso de drogas para saciar la depresión robar para conseguir las drogas delincuencia.

Este sentimiento provoca reacciones diferentes entre los jóvenes trabajadores: enfadarse con sus amigos o con su familia, echarse a la droga o pensar en el suicidio.

Exclusión:

Cuando los jóvenes salen del colegio o la escuela, experimentan una transición profunda y frágil hacia la edad adulta. Entre las aspiraciones de los jóvenes en su transición a la edad adulta está la de obtener un empleo, salir de casa de sus padres en determinados países, y formar un hogar estable.

Es una época en la que los jóvenes asumen progresivamente un control sobre su vida, un proceso facilitado por las oportunidades de participación en la vida comunitaria y la vida de las personas que los rodean.

Estas oportunidades no existen cuando los jóvenes están desempleados. Se les niega la oportunidad de desarrollar sus propias potencialidades, su capacidad profesional, su sentido de la vida y su identidad social.

Los jóvenes trabajadores desempleados se ven excluidos de una verdadera participación en la sociedad y corren el riesgo de pertenecer a una nueva subclase en la que estén enajenados.

Sentimiento de impotencia

La exclusión social, la pobreza y la dependencia llevan a una situación de impotencia en la que los jóvenes trabajadores desempleados son cada vez menos capaces de orientar su propia vida.

La impotencia de estos jóvenes se concreta también en su rechazo del sistema actual sin que tengan la posibilidad de proponer cualquier alternativa a dicho sistema.


ANÁLISIS DEL FENÓMENO “DELINCUENCIA”

El fenómeno de la delincuencia puede considerarse desde una perspectiva social y desde otra jurídica.

Desde el punto de vista jurídico se considera delincuente quien “comete una acción o una omisión contraria a la ley vigente”.

Desde un punto de vista social se puede decir que el delincuente es quien comete “actos dañosos” para con uno mismo, para sus semejantes o para los intereses morales y materiales de la sociedad.

Existen varias teorías que tratan de explicar y en cierto modo predecir la delincuencia haciendo hincapié en sus causas y consecuencias (no todas) en la sociedad.

La primera teoría es la sociológica. La figura máxima de esta teoría es Durkheim. Este sociólogo francés contribuyó eficazmente a la constitución de la sociología como ciencia independiente. Su aportación a esta ciencia consistió en la manera de enfocar el estudio de los hechos sociales como algo objetivo, independiente de la conciencia individual.

La teoría sociológica interpreta la conducta delincuente como una respuesta “normal” ante un ambiente malo. El factor desencadenante de las conductas delictivas es la misma sociedad. Es decir, para acabar con la delincuencia y la criminalidad hay que hacer una reforma social profunda del entorno.

La teoría sociológica parte de que el delincuente se hace y no nace, los rasgos constitutivos no son heredados, la experiencia es un factor que juega en contra. Todos los ciudadanos pueden ser o delincuentes sangrientos o personas ejemplares (esto va muy parejo al anarquismo ya que esta ideología sostiene que todos somos iguales y es la circunstancia la que nos modifica). Un ejemplo puede ser el mismo joven que se desenvuelve en un medio hóstil y se define como una persona violenta y agresiva dado que su circunstancia es negativa. Sin embargo, la misma persona que crece y es educado en los valores de la tolerancia y la comprensión podrá convertirse en alguien generoso y que beneficie a la sociedad tanto como a sí mismo.

En suma, los delincuentes son miembros sanos que crecen en una comunidad enferma, en una comunidad en la que el estilo de vida delictivo es más accesible y se aprende con más facilidad que las normas de convivencias éticas y sociales.

Otra teoría es la que arguye que la contestación es la causa principal de la delincuencia.

La relación reside en que un grupo de jóvenes “contestan” y se enfrentan a la sociedad en forma de grupos y que “se apartan o rechazan positivamente la moralidad de la mayoría”. La máxima figura de este movimiento es Albert Cohen (famoso por aquel 68). Defendía que la clase baja, sobretodo la juventud, se encuentra en desventaja respecto al resto de los componentes de la sociedad.

Esto es por lo siguiente: su educación no está a la altura de la de los demás, sus medios económicos son pobres y no tienen influencias familiares para poder aspirar con cargos importantes. Si no pueden unirse a otras clases se enfrentan a ellas, conscientes de su impotencia. Forman una subcultura para ridiculizar la cultura a la que no pueden incorporarse y la convierten en una antítesis de esta cultura.

La subcultura se caracteriza por su rebeldía y agresividad. Y esto es lógico porque una característica común a las personas violentas es su inseguridad, se juntan en pandillas o bandas juveniles para protegerse. Manifiestan una actitud conjunta con desprecio a las autoridades que, según ellos, les han rechazado.

Esto significa que la conducta delictiva no responde a un afán de lucro, muchos delincuentes corren grandes riesgos por objetos de escaso valor o por cualquier gamberrada. Se explica este comportamiento antisocial con el placer maligno de molestar a las personas que representan lo respetable. Una manera, en suma, de liberar su frustración.

La teoría psicoanalítica cree que por el contrario los rasgos distintivos más importantes del carácter criminal son los adquiridos en la primera infancia. Acorde a esta teoría el delincuente tiene un super-ego muy débil e inconsistente. Esto origina individuos caprichosos, incapaces de controlar sus instintos o necesidades. Los padres juegan un papel fundamental en esta teoría, si dan excesiva libertad darán rienda suelta a sus deseos y a sus impulsos.

Una característica que no es mencionada e las demás teorías y sí en esta es que aquellos sujetos cuyo super-ego sea débil no presentaran síntomas de culpabilidad.

La delincuencia la se definir como el conjunto de infracciones que se cometen en un tiempo y en un lugar dados.

Se distinguen las infracciones contra el Estado, contra las personas, contra los bienes y contra las costumbres.

Los jóvenes delincuentes no son monstruos no seres bestiales. Son personas como tantas otras, que nunca habían cometido ningún acto delictivo. El análisis e investigación de 80 homicidios intentados o consumados por adolescentes o jóvenes mayores muestran que buen número de estos crímenes ocurrieron en situaciones realmente difíciles y con motivaciones sólo parcialmente imputables a la personalidad del delincuente.

La explicación debe buscarse a menudo en una constelación fortuita de circunstancias y el modo de reaccionar ante ellas por parte del individuo con agresividad extrema. La imagen del asesino típico que traza un plan y escoge a su víctima para sacrificarla es del todo falsa y sólo en contadísimos casos responde a la realidad.

CONCLUSIÓN

Al finalizar este trabajo “La Delincuencia Juvenil”, he podido aprender que partiendo de los valores y el aprendizaje de cada uno de nuestros hogares, la educación de los padres y madres, influye de manera directa, ya que la formación de los y las individuos, dependen básicamente desde ahí, esto contribuirá que hayan hombres y mujeres, democráticos, conscientes, para desempeñar un buen rol en nuestra sociedad.

Unas de las razones por las que la delincuencia alcanza su máxima frecuencia entre la adolescencia media y la final es que, en esta época, muchos jóvenes son capaces de aprender a adaptarse por sí mismos, sin el auxilio de padres o tutores.

Aunque la delincuencia continúa ligada a la miseria, su práctica se ha extendido últimamente a los grupos socioeconómicos medios y altos.

La identificación de las tendencias de la delincuencia juvenil depende en primer término del examen de las estadísticas.

Los cambios en concepto de delincuencia contribuyen, tal vez, en el factor que más influye en las estadísticas de prevalecía.


BIBLIOGRAFÍA

JÜNGER-TAS, J. (1993): Prevención de la delincuencia, Justicia de Menores y Protección de los Jóvenes: enfoques de las políticas y tendencias. "Infancia y Sociedad".

ORTEGA RUIZ, R. (1994): Violencia interpersonal en los centros educativos de enseñanza secundaria. Un estudio sobre maltrato intimidación entre compañeros. "Revista de Educación".

GARRIDO GENOVÉS, V. (1986): La Investigación actual en la delincuencia juvenil: una perspectiva diferencial. "Menores". Año III, 12, Tercera época.

. Loh"�-d � 0� �� aron igualmente el tabaco por placer y para mitigar el cansancio del cuerpo en las largas caminatas que frecuentemente hacían. Para ello, en las proximidades de sus casas, cultivaron con esmero las plantas de tabaco (Nicotiana tabacum) cuyas hojas secaban para hacer unos rolletes alargados que los indios fumaban constantemente.

EL AREÍTO

Una ceremonia ritual de suma importancia para el taíno lo constituía el areito, que era una expresión musical de cantos y danzas, complementada con recitaciones de hechos y hazañas ocurridas en tiempos antepasados. El areito se considera el signo más avanzado dentro de todas las expresiones culturales del pueblo taíno. Por lo regular lo practicaban en plazas ceremoniales que los españoles llamaron "corrales" y era dirigido por una persona principal.

PRÁCTICAS FUNERARIAS

En lo relativo a la muerte, no existía una unidad ritual, por lo cual las ceremonias funerarias respondían a diferentes formas. Lo único que unificaba los ritos y ceremonias de enterramiento era la creencia en un mundo supraterrenal o de ultratumba, por lo que los muertos eran enterrados con sus pertenencias esenciales para que en el más allá reconciliaran la vida personal con la vida material. Si quien moría era un cacique se acostumbraba, en algunas regiones, a enterrar viva, junto a él, a su esposa preferida, denominándose a la mujer que padecía tal sacrificio Athebeane Nequen.

CONCLUSIÓN

Se ha llegado a la conclusión que los taínos desarrollaron una cultura basada fundamentalmente en la producción agrícola que les permitió incrementar una apreciable actividad artesanal de objetos utilitarios, tales como vasijas y otros recipientes de barro y de madera, hachas de piedra bien pulimentadas, objetos de cestería de fibras vegetales y tejidos de algodón que eran decorados con tintes extraídos de la jagua (Genipa americana) y de la bija (Bixa orellana), con los cuales, también se pintaban sus cuerpos en ocasiones especiales.

Además, los taínos fueron excelentes escultores que confeccionaron artefactos ceremoniales de gran expresión artística como los duhos o asientos ceremoniales, los ídolos o cemíes, los instrumentos para el ritual de la cohoba y los aros monolíticos.

Aunque algo bajos de estatura, los indios taínos eran de cuerpos bien formados y piel color cobriza. Fueron gentes lampiñas, de cara ancha, con pómulos muy pronunciados, labios un poco gruesos y de muy buena dentadura.


BIBLIOGRAFÍA

García Arévalo, Manuel (1988). Indigenismo, arqueología, e identidad nacional. Museo del Hombre Dominicano y Fundación García-Arévalo, Santo Domingo.

Vega, Bernardo (1981). La Herencia Indígena en la Cultura Dominicana de Hoy. In Ensayos Sobre Cultura Dominicana, pp. 9-53. Museo del Hombre Dominicano, Santo Domingo.

Internet

http://www.kacike.org/FerbelEspanol.html

http://www.jmarcano.com/mipais/historia/tainos.html

-fo� ]3i e `? x�= ine-height: 150%;mso-fareast-font-family:"Times New Roman";color:black;letter-spacing:-.25pt; mso-ansi-language:ES-TRAD'>vigencia de garantías constitucionales, cuya supresión momentánea o temporal esta prevista constitucionalmente.

EL PROCEDIMIENTO LEGALMENTE ESTABLECIDO.

Una cuestión tan aparentemente insignificante como es el trámite procedimental en el cual han de desplegarse tanto el acto de injerencia como el posterior desarrollo del control judicial (la denominada práctica o dinámica procesal) ha sido fruto de una agria polémica tanto a nivel doctrinal como jurisprudencial. El procedimiento se realiza en el inicio de la investigación de un proceso penal.


Con su fase inicial de diligencias previas, aunque de ello no puede derivarse que de la elección del trámite de las conocidas en el argot forense como "diligencias indeterminadas" se deduzca nada más y nada menos que la nulidad de una autorización judicial de intervención telefónica, como si de la palabra prohibida se tratara. La conclusión no puede ser más lógica, ya que, "no se puede pretender que se considere nulo todo cuanto se haya actuado bajo la rúbrica de las diligencias indeterminadas, sino hay violación de derechos fundamentales..."

SOBRE LA NECESIDAD DE LA DECLARACIÓN DEL SECRETO DE LAS ACTUACIONES.

La autorización de la intervención telefónica puede o bien ser coetánea al inicio de una actuación judicial en curso con identificación previa de las personas que han de soportar la posición jurídica de ser sujetos pasivos del procedimiento penal, lo cual comporta el problema de establecer el difícil equilibrio entre el derecho de defensa del investigado, y la necesidad de garantizar los resultados de una investigación que por definición han de realizarse sin el conocimiento o espalda del investigado, pues de lo contrario se vería condenada irreversiblemente al fracaso, a la vez que produciría un estado de coacción sobre los límites de la intimidad del investigado (ya que todo tipo de conversación que este realice está siendo objeto de grabación) intolerable en un sistema democrático, salvo raras excepciones previstas en la ley y en casos excepcionales y bajo condiciones sobre el plazo de tal acto de injerencia.

Podemos comprobar que la cuestión, tanto para el Tribunal Constitucional como para el Tribunal Supremo Español, es más académica, teórica, que trascendente en una línea claramente definida y que presupone la naturaleza secreta de todo acto de injerencia frente al investigado secreto que es incito a la propia finalidad de la investigación, y en base a la cual despliega todo un haz de garantías que van desde la exigencia de la intervención de la autoridad judicial al esfuerzo de las garantías en la fase decisoria como control de la ejecución de la medida; todo precisamente por razón de un secreto que reputa connatural al acto de injerencia, en ningún momento la más alta instancia nacional de garantías constitucionales se pronuncia sobre si es necesario o no decretar el secreto de las actuaciones conjuntamente con la autorización del acto de injerencia, ni menos sobre los tiempos o plazo de su vigencia; idéntico criterio ha mantenido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en su sentencia del 6 de septiembre de 1978 (Caso Klass), deja sentado que es inherente a la propia finalidad y naturaleza de la medida del que su autorización y desarrollo se lleven a cabo inicialmente sin el conocimiento del interesado, y en ese sentido traemos a colación sentencia 1813/2000 del 27 de noviembre, la cual razona de la siguiente manera.

PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD.

Este principio establece que no deben acordarse intervenciones telefónicas en sentido general, sino, debe tenerse una posición adecuada y objetiva sobre los hechos delictivos a investigar, exigiéndose el fin concreto de la investigación con la finalidad de que este no rebase los límites constitucionales. También ha sido matizado en el sentido de que no se vulnere la especialidad y esta se da cuando no se produce una novación del tipo penal investigado, sino una adición o suma, así como que no puede renunciarse a la investigación "La Notitia Criminis" incidentalmente descubierta en una investigación dirigida a otro fin, aunque hace ello la obligatoriedad de una nueva autorización judicial especifica de la que aquella sea mero punto de partida.

Este principio busca garantizar de manera categórica los derechos fundamentales de la persona investigada, y es en ese sentido que el Tribunal Supremo Español se ha manifestado en la siguiente sentencia.

La especialidad ha llevado también a estimar la ineficacia y nulidad de las intervenciones telefónicas decretadas respecto de un delito, pretendiéndose luego utilizarlas como medios de prueba en un proceso en el que se acusa de un delito distinto, por lo que se demuestra se evidente que no puede acordarse la intervención telefónica como pesquisa, también tiene que serlo el auto que decretándola debe indicar el delito o delitos que se investiga de manera objetiva.

PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN LA RESOLUCIÓN JUDICIAL HABILITANTE Y GRAVEDAD DEL DELITO.

Este principio se deriva como consecuencia que este medio excepcional de investigación requiere, también una gravedad acorde y proporcionada a los delitos a investigar. Ciertamente que el interés del estado y de la sociedad en la persecución y descubrimiento de los hechos delictivos es directamente proporcionar a la gravedad de estos, por ello, solo en relación a la investigación de delitos graves, que son los que mayor interés despiertan su persecución y castigo, será adecuado al sacrificio de la vulneración de derechos fundamentales para facilitar su descubrimiento, pues en otro caso, el juicio de ponderación de los intereses en conflicto desaparecería si por delitos menores incluso faltas se generalice este sentido excepcional de investigación, que desembocaría en el generalizado quebranto de los derechos de la persona sin justificación posible. Frente a otras legislaciones que establecen un catalogo de delitos para cuya investigación, está previsto este medio excepcional.

EL DEBER DE LA MOTIVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE LA INTERVENCIÓN TELEFÓNICA.

Las resoluciones judiciales deben ser siempre motivadas porque son fruto de la aplicación razonable y razonada del derecho y no de la arbitrariedad del poder, exigencia de motivación que no se limita a las Sentencias, sino que alcanza también a los autos a los que afecta igualmente la necesidad de evitar la arbitrariedad. Esta exigencia impone que la resolución contenga una fundamentación suficiente para que en ella se reconozca la aplicación razonable del Derecho a un supuesto específico, permitiendo a un observador imparcial conocer cuáles son las razones que sirven de apoyatura a la decisión adoptada, quedando así de manifiesto que no se ha actuado con arbitrariedad.

Es deber de todo aquel que administra justicia motivar su decisión; al tiempo que constituye una exigencia constitucional, y no meramente legal, el hecho de que la resolución judicial que dispone la intervención telefónica se encuentre suficientemente motivada. Por esta razón el Juez de la instrucción al recurrir a esta medida de investigación, debe realizar y expresar en la resolución habilitante, y de manera clara el juicio de ponderación sobre la necesidad de la medida (entre la persona investigada y el delito).

PERSONA OBJETO DE INVESTIGACIÓN.

Un aspecto normalmente olvidado cuando se trata de la proporcionalidad es el relativo a la persona investigada que ha de ser mencionada en el auto como presunta autora del delito.

La exclusión de la pesquisa, como es obvio, que se investiga a una persona determinada, pero también debe entenderse que se excluye el caso de que se investigue un delito sin tener sospecha alguna de quien puede ser el autor del mismo.

Esta situación no suele presentarse cuando el teléfono intervenido está ubicado en el domicilio particular; (aunque este puede ser utilizado por personas independientes al propietario), pues nos ofrece dudas que entonces ha de especificarse en el auto quien es el titular del teléfono y quien es la persona investigada, cualidades que no siempre han de coincidir, como mas adelante explicaremos.

TELÉFONO SOBRE EL QUE SE VA A EFECTUAR EL ACTO DE INJERENCIA.

La medida de intervención telefónica supone, obvio es decirlo, la determinación en el auto, decretándola, especificando el numero sobre el cual se va a practicar el acto de injerencia, lo que se hace mencionando el número de teléfono asignado por la compañía de teléfonos correspondiente atendiendo al delito y a la persona investigada.

CONCLUSIÓN

En un Estado Democrático y de Derecho debe rechazarse toda actuación que implique un desprecio hacia los derechos y garantías individuales reconocidas en la Constitución; en el ámbito procesal, específicamente, en materia probatoria, este rechazo se materializa en la imposibilidad de dar validez a las pruebas obtenidas mediante la violación de los derechos fundamentales.

Teniendo en cuenta el carácter constitucional de la intimidad y que la preservación de las esferas privadas del individuo también son una tarea propia del Estado, se puede concluir que el mentado derecho no tiene un carácter relativo, como lo son todos los derechos, puesto que nos encontramos en un marco tan privado que no afecta a terceros y tampoco al orden y a la moral publicas, configurándose así su carácter absoluto.

Entendemos que la intervención telefónica como medio de prueba, es decir como medio para obtener elementos que cooperen para adquirir la certeza necesaria al momento de sentenciar, funciona como un método de prueba ilegal, aplicándosele la conocida doctrina del “Fruto del árbol venenoso o prohibido”.

BIBLIOGRAFÍA

· Luis P. Matos Medina. Intervenciones Telefónicas en el Proceso Penal. Santo Domingo, Rep. Dom., Año 2010

· La Declaración Universal de los Derechos Humanos.

· Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH).

· Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.