martes, 4 de septiembre de 2012

Banco Central de la Republica Dominicana

INDICE INTRODUCCIÓN 1 BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA 2 HISTORIA 2 ÓRGANOS DE GOBIERNO 2 PLAN ESTRATÉGICO 2010-2013 3 FUNCIONES PRINCIPALES 3 OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS 5 VALORES INSTITUCIONALES 8 ESTRUCTURA ORGANIZATIVA 9 PRINCIPALES AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS 10 GOBERNADORES 12 EMISIÓN DE BILLETES 14 PAPEL DEL BANCO CENTRAL EN EL GOBIERNO 14 LA INDEPENDENCIA DEL BANCO CENTRAL 15 SU INFLUENCIA 15 CONCLUSIÓN 16 BIBLIOGRAFÍA 17 ANEXOS 18   INTRODUCCIÓN El tema que veremos a continuación trata sobre el Banco Central de la República Dominicana, su misión, visión y sus funciones, entre otros. El Banco Central de la República Dominicana es la entidad estatal encargada de garantizar la estabilidad de precios y el correcto funcionamiento del sistema financiero del país. Fue creado el 9 de octubre del año 1947 y tiene el carácter de una institución autónoma y descentralizada. Se rige por la Ley Monetaria y Financiera, y entre sus principales funciones se encuentran: el diseño de las políticas monetaria y cambiaría, la emisión de billetes y monedas, la publicación de estadísticas de los diversos sectores económicos, la administración de las reservas internacionales del país y la supervisión de los sistemas del mercado interbancario.  BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA El Banco Central de la República Dominicana es una institución creada en 1947, con plena autonomía consagrada en la Constitución de la República Dominicana, con domicilio en Santo Domingo de Guzmán, capital de la república. Historia El Banco Central de la República Dominicana fue creado el 9 de octubre de 1947, de conformidad con la Ley Orgánica No.1529, e inició sus operaciones el 23 de octubre del mismo año, instituyéndose como una entidad descentralizada y autónoma. En la actualidad se rige por la Ley Orgánica No. 6142 del 29 de diciembre de 1962 y sus modificaciones. Órganos de gobierno El órgano superior del Banco Central es la Junta Monetaria, integrada por los siguientes diez miembros designados por el gobierno:  El Gobernador del Banco Central, quien la preside  Dos miembros ex officio, que son el Secretario de Estado de Finanzas y el Secretario de Estado de Industria y Comercio  Siete miembros titulares con sus respectivos suplentes, de reconocida probidad, experiencia y conocimientos en materia monetaria, bancaria y económica, así como con experiencia en asuntos relacionados con la producción nacional. Plan estratégico 2010-2013 Misión Garantizar la estabilidad de precios, la apropiada regulación del sistema financiero y el adecuado funcionamiento de los sistemas de pagos, actuando como ente emisor y ejecutor de la política monetaria y cambiaria, de acuerdo con las atribuciones que la Constitución y las leyes le confieren. Visión de Futuro 2006-2009 El Banco Central de la República Dominicana será una institución con plena autonomía operativa y financiera, con una estructura organizacional adecuada, dotada de recursos humanos calificados, comprometida con el cumplimiento de su misión, con eficiencia, ética y transparencia. Visión 2010 – 2013 Ser reconocido por su credibilidad y efectivo liderazgo, apoyado en el incremento de la productividad de su capital humano y tecnológico, su gobernabilidad institucional y la plena autonomía en el ejercicio de sus funciones. Funciones Principales 1. Ejecutar las políticas monetaria y cambiaria, de acuerdo con el Programa Monetario aprobado por la Junta Monetaria mediante el uso de los instrumentos establecidos en la Ley Monetaria y Financiera 2. Emitir billetes y monedas de curso legal en la República Dominicana. 3. Compilar, elaborar y publicar las estadísticas de la balanza de pagos, del sector monetario, Sector Real y financiero, y otras que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones. 4. Administrar eficientemente las reservas internacionales del país, a fin de preservar su seguridad, asegurar una adecuada liquidez y al mismo tiempo una eficiente rentabilidad. 5. Administrar el Fondo de Contingencias establecido por la Ley Monetaria y Financiera, así como el Fondo de Consolidación Bancaria creado por la Ley de Riesgo Sistémico. 6. Realizar la supervisión y liquidación final de los sistemas de pagos, así como del mercado interbancario. 7. Proponer a la Junta Monetaria los proyectos de reglamentos monetarios y financieros en materia monetaria, cambiaria y financiera. 8. Analizar el sistema financiero dominicano en su conjunto, estimando su nivel de riesgo sistémico, y diseñar y proponer las medidas de regulación que se desprendan de dichos análisis y estimaciones. 9. Imponer sanciones por deficiencia en el encaje legal, incumplimiento de las normas de funcionamiento de los sistemas de pagos u otras sanciones establecidas en la Ley Monetaria y Financiera. 10. Contrarrestar toda tendencia inflacionaria. 11. Regular el sistema financiero nacional con las garantías y limitaciones establecidas. 12. Promover la liquidez y solvencia del sistema bancario de la Nación. 13. Crear las condiciones para mantener el valor externo y la convertibilidad de la moneda nacional. 14. Efectuar las operaciones de cambio que ponen a su cargo las leyes vigentes y/o las resoluciones que a tal efecto dicte la Junta Monetaria. 15. Realizar otras funciones que le sean atribuidas por la Ley Objetivos y Estrategias 1.- Mantener la estabilidad de precios. • Adoptar un esquema explícito de política monetaria basado en metas de inflación. • Realizar estudios y análisis de mecanismos e instrumentos para el diseño y ejecución, en el marco de la nueva estrategia, de la política monetaria. • Mantener actualizados los indicadores económicos que faciliten la toma de decisiones de la política monetaria y el logro de la estabilidad de precios. • Fortalecer los mecanismos de acercamiento y coordinación con las autoridades fiscales. 2.- Promover la estabilidad y fortalecimiento del sistema financiero y la eficiencia del sistema de pagos. • Complementar sistemas de alerta temprana e indicadores macro prudenciales. • Desarrollar las capacidades institucionales para el cumplimiento y aprovechamiento de los acuerdos de comercio internacional, en materia de servicios financieros. • Continuar con la implementación y expansión del Proyecto de Reforma del Sistema de Pagos de la República Dominicana (SIPARD). 3.- Optimizar la ejecución de las operaciones de mercado abierto. • Promover que el mayor volumen de las operaciones del Banco Central de la República Dominicana sean estandarizadas y manejadas en un depósito centralizado de valores. • Aprovechar la integración regional para adoptar las mejores prácticas en materia de operaciones monetarias y cambiarias. • Incrementar el uso de las subastas en la realización de las operaciones monetarias. 4.- Hacer más eficientes las operaciones cambiarias. • Adoptar mecanismos electrónicos para realizar las operaciones de compra y ventas de divisas. 5.- Incrementar la efectividad de la regulación y la vigilancia de los sistemas financieros y de pagos. • Promover la coordinación con los entes reguladores y supervisores del mercado financiero (SIB-SIV-SIP-SIS). • Mantener actualizados los indicadores de los niveles de riesgos globales de las Entidades de Intermediación Financieras (EIFs). • Adecuar la regulación del mercado local a los cambios de las regulaciones internacionales. • Completar y mantener actualizada la normativa sobre sistemas de pago, acorde con los estándares internacionales. • Implementar esquema de vigilancia de los sistemas de pago acorde con los Principios Básicos del Banco Internacional de Pagos (BIS). 6.- Incrementar la transparencia y rendición de cuentas. • Desarrollar una estrategia de comunicación externa para mantener una adecuada imagen institucional, acorde con la misión, visión y valores del Banco Central. • Desarrollar estrategia de comunicación interna. • Optimizar la gobernabilidad corporativa. 7.- Incrementar el nivel de productividad institucional. • Identificar y definir criterios de mediciones e implementar procesos de mejoras para incrementar la productividad del personal del Banco Central de la República Dominicana. 8.- Incrementar el nivel del desarrollo del recurso humano. • Implementar un plan para optimizar las funciones y el desempeño laboral a todos los niveles de la Institución. • Mantener un sistema de evaluación de desempeño que conduzca a una compensación variable alineada con los resultados. • Implementar el Plan de Carrera y Sustitución.   9.- Optimizar el uso de la información generada por los sistemas. • Desarrollar un plan de uso óptimo de los sistemas informáticos implementados. 10. Incrementar la capacidad de alcanzar resultados y minimizar riesgos. • Diseñar e implementar un plan de certificación de los procesos que ejecuta cada una de las áreas del Banco. • Implantar una cultura de empoderamiento y traspaso de conocimiento (equipos auto-dirigidos). • Implementar un sistema de manejo de riesgo operativo. 11.- Optimizar la gestión financiera. • Implementar un plan que asegure el cumplimiento de los lineamientos presupuestarios. • Incorporar nuevas técnicas de gestión de las reservas internacionales. • Diseñar un plan para diversificar las fuentes y estructura de ingresos del Banco Central de la Republica Dominicana e implementarlo oportunamente. • Avanzar con la recapitalización del Banco Central. Valores Institucionales • Integridad • Transparencia. • Lealtad. • Productividad. • Excelencia. Estructura Organizativa Dependencias del Banco Central de la República Dominicana De las Entidades de Intermediación Financiera. Artículo 34. Tipos de Entidades de Intermediación Financiera. Las entidades que realicen intermediación financiera podrán ser de naturaleza privada o pública. A su vez, las entidades privadas podrán ser de carácter accionario o no accionario. Se considerarán para los fines de esta Ley como entidades accionarias, los Bancos Múltiples y Entidades de Crédito, pudiendo ser estas últimas, Bancos de Ahorro y Crédito y Corporaciones de Crédito. Asimismo, se considerarán entidades no accionarias, las Asociaciones de Ahorros y Préstamos y las Cooperativas de Ahorro y Crédito que realicen intermediación financiera. Los bancos constituidos con arreglo a la legislación de otros países, que quieran realizar intermediación financiera en el territorio nacional se sujetarán a lo dispuesto en el Artículo 39 de esta Ley. Artículo 35. Régimen Jurídico. Los Bancos Múltiples y Entidades de Crédito que se constituyan y funcionen de acuerdo a las disposiciones de esta Ley serán regidas por las disposiciones de este Título III, en tanto que las Entidades Públicas de Intermediación Financiera, las Asociaciones de Ahorros y Préstamos y las Cooperativas de Ahorro y Crédito que estén autorizados a realizar intermediación financiera estarán sujetas a las disposiciones del Título IV de esta Ley, así como a las Secciones V, VI, VII, VIII y IX de este Título III, en la forma que reglamentariamente se determine. Las entidades de intermediación financiera, según corresponda conforme a su naturaleza y los Reglamentos de desarrollo de la presente Ley, quedarán sometidas a las siguientes disposiciones en cuanto a inicio y cese de operaciones: Los Bancos Múltiples y de las Entidades de Crédito Artículo 36. Definiciones. Para los efectos de esta Ley se entenderán por entidades de intermediación financiera de estructura accionaria, los tipos siguientes: a) Bancos Múltiples. Los Bancos Múltiples son aquellas entidades que pueden captar depósitos del público de inmediata exigibilidad, a la vista o en cuenta corriente, y realizar todo tipo de operaciones incluidas dentro del catálogo general de actividades establecido en el Artículo 40 de esta Ley. b) Entidades de Crédito. Las Entidades de Crédito son aquellas cuyas captaciones se realizan mediante depósitos de ahorro y a plazo, sujetos a las disposiciones de la Junta Monetaria y a las condiciones pactadas entre las partes. En ningún caso dichas entidades podrán captar depósitos a la vista o en cuenta corriente. Las Entidades de Crédito se dividirán en dos (2) categorías: Bancos de Ahorro y Crédito y Corporaciones de Crédito y podrán realizar las operaciones incluidas en los Artículos 42 y 43 de esta Ley.   Principales autoridades y funcionarios Héctor Valdez Albizu Gobernador Clarissa de la Rocha de Torres Vicegobernadora Pedro Silverio Alvarez Gerente José Manuel Taveras Lay Contralor Ervin Novas Bello Subgerente General Reina Domínguez de Ogando Subgerente General Proyectos Especiales y Asuntos Presupuestarios Joel Tejeda Comprés Subgerente de Políticas Monetaria, Cambiaria y Financiera Frank A. Montaño P. Subgerente de Operaciones Roberto José Pelliccione Hernández Subgerente de Servicios y Sistemas Manuel F. Gómez Copello Subgerente Director Departamento Recursos Humanos José Ricardo Rojas León Asesor Ejecutivo de la Gobernación Olga Díaz Mora Asesor Económico de la Gobernación Norma Jacquelinne Molina Secretaria de la Junta Monetaria Rossanna Ruíz Concepción Asesora de la Gobernación Angélica Fondeur de Morín Asesora Bancaria y Financiera Encargada de la Unidad Ejecutora para la Reducción del Déficit Cuasi Fiscal Ramón Rolando Reyes Luna Asesor de la Gerencia Olga Morel Consultor Jurídico Carmen Beatriz Rodríguez De Los Santos Secretaria del Banco Julio Gabriel Andújar Scheker Director Departamento Programación Monetaria y Estudios Económicos Miguel Ángel Jiménez Cornielle Director Departamento Cuentas Nacionales y Estadísticas Económicas Frank A. Fuentes Brito Director Departamento Internacional Ramón A. Rosario G. Director Departamento Regulación y Estabilidad Financiera Fabiola M. Herrera de Valdez Directora Departamento Sistemas de Pagos Luis Martín Gómez Director Departamento de Comunicaciones Luis José Bourget García Director Departamento de Planificación y Presupuesto Carolina Ramos Directora Departamento de Tesorería Mayra C. Corominas de Fernández Directora Comité de Políticas para la Realización de Activos (COPRA) Lourdes M. Gómez R. Contadora José G. Alcántara Almánzar Director Departamento Cultural Bienvenido Alberto Contreras Villalona Director Departamento Administrativo Eufemio Nicolás Peña Coronel Policía Nacional Director Departamento de Seguridad Ricardo A. Fiallo Saladín Director Departamento Sistemas y Tecnología Virginia Hernández T. Directora Departamento Emisión y Custodia Yamil Enrique Espinal Jiménez Director Oficina Regional de Santiago Orisel Mateo Director Departamento Compras y Contrataciones Gobernadores Jesús María Troncoso Sánchez 1947 - 1951 Fernando Periche 1976 - 1978 Wenceslao Troncoso 1951-1952 Eduardo Fernández 1978 - 1980 Manuel Ramón Ruiz Tejada 1952-1953 Carlos Despradel 1980 - 1982 José Ernesto García Aybar 1953 Bernardo Vega 1982 - 1984 S. Salvador Ortíz 1953-1954 José Santos Taveras 1984 José Joaquín Gómez 1954-1956 1962-1963 Hugo Guiliani Cury 1984 - 1986 Milton Messina 1956-1957 Luis Julián Pérez 1986-1987 Arturo Despradel 1957-1958 Roberto Saladín 1987 - 1989 Juan A. Morales 1958 Guillermo Caram 1989 - 1990 Virgilio Alvarez Sánchez 1958-1959 Luis F. Toral Córdoba 1990 - 1993 Oscar G. Ginebra Henríquez 1959-1960 Mario Read Vittini 1993 - 1994 Manuel V. Ramos 1960 - 1961 Héctor Valdez Albizu 1994 - 2000 2004 - a la fecha Silvestre Alba de Moya 1961 Francisco Guerrero Prats-Ramírez 2000-2003 A. Amado Hernández 1961-1962 José Lois Malkún 2003-2004   La Independencia del banco central La independencia del banco central reside en su capacidad para analizar de forma independiente los diversos fenómenos económicos que se presenten y diseñar y aplicar la política a su cargo sin estar sujeto a otras instancias del Estado. Varios estudios ha analizado la relación entre la independencia del banco central y la inflación, encontrando que a mayor independencia del banco central menor inflación. Su influencia Todas estas características llevan a que los bancos centrales tengan gran influencia en la política económica de los países, y a que sean una pieza clave en el buen funcionamiento de la economía. Éstos controlan el sistema monetario, es decir, el dinero que circula en la economía, evitando que se produzcan efectos adversos como los altos niveles de inflación o de desempleo, el sistema crediticio a través de la regulación de las tasas de interés que los bancos ofrecen o cobran a sus clientes y del encaje bancario que le exigen a los bancos y otras instituciones financieras y el sistema cambiario, controlando el valor de la moneda local frente al de las monedas extranjeras.   CONCLUSIÓN Al final de este trabajo de investigación sobre el Banco Central de la República Dominicana, hemos podido ver que el Banco Central posee dos funciones muy importantes dentro del sistema económico de un país. El primero de ellos es preservar el valor de la moneda y mantener la estabilidad de precios, para ello su principal herramienta es el manejo de las tasas de interés. Cuando se utilizaba el patrón oro, el valor de los billetes emitidos por el banco central estaba expresado en términos del contenido de este metal (usualmente oro), el cual el banco trataba de mantener en ciertos niveles a través del tiempo. El segundo es mantener la estabilidad del sistema financiero, ya que el banco central es el banco de los bancos, sus clientes no son personas comunes y corrientes o empresas particulares, sino el Estado y los bancos existentes dentro del territorio de la nación a la cual pertenece. El banco central toma los depósitos de sus clientes y los guarda en cuentas que éstos tienen en él. Con estas cuentas éstos realizan transacciones con otros bancos (al igual que un particular en un banco comercial utiliza su cuenta para realizar transacciones con otro particular). A su vez, el banco central también otorga préstamos a bancos que los soliciten o a cualquier Estado.   BIBLIOGRAFÍA • http://www.bancentral.gov.do • es.wikipedia.org/wiki/Banco_Central_de_la_República_Dominicana   ANEXOS Sede Principal del Banco Central de la Republica Dominicana

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